Suspendió provisionalmente el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica recientemente aprobada por el Congreso de la Unión y que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el martes 9 de marzo.

Asimismo de acuerdo con el número de expediente 119/2021, con fecha del auto 10/03/2021, la suspensión provisional concedida es para frenar todas las consecuencias derivadas de la nueva Ley de la Industria Eléctrica y fue solicitada por una sola empresa que participa en el mercado eléctrico mayorista.

Sin embargó el juzgado el juzgado decide que “debe tener efectos generales, ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para la quejosa, este Juzgado de Distrito no solo estaría otorgándole una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria eléctrica sino que, además, podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector, que es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar”.

También con el amparo provisional se impide que la ejecución de la ley se materialice. “Al decretarse esta medida cautelar, este juzgador adecua los efectos a los de una hipotética sentencia protectora, la cual podría tener un efecto general, a efecto de proteger y garantizar los derechos a la competencia y libre concurrencia en una dimensión individual y colectiva”.

Dicho amparo, señala el juzgado, “comprenden no solamente a la quejosa, sino a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista y demás particulares que desarrollan alguna actividad regulada en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como a los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica que estaba vigente hasta antes de la emisión del Decreto cuestionado”.

Es así como el juez considera que esta medida ya ha sido adoptada antes en diversos juicios de amparo en los que se reclaman regulaciones similares cuya suspensión se solicita y se estima adecuada para proteger los derechos a la libre competencia y concurrencia en los mercados en su dimensión individual y colectiva y busca no favorecer a un participante de la industria eléctrica sobre sus demás competidores, en perjuicio de estos últimos y, principalmente, de los consumidores finales.

La medida cautelar que se otorga no implica que queden insubsistentes las normas reclamadas, sino que únicamente sus efectos se postergarán en el tiempo, con lo que se conserva la materia del juicio”.

Juez

Asimismo la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin) dijo que desde el miércoles, día en que entró en vigor la reforma, comenzaron a interponerse demandas de amparo contra los cambios legislativos.

Régulo Salinas, presidente de la Comisión de Energía del organismo, señaló que “un buen número” de empresas que ya tienen listos sus amparos.

De acuerdo con el directivo, además de los amparos se esperan varias controversias constitucionales de organismos como la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y de partidos opositores en el Congreso.

Incluso, la International Chamber of Commerce (ICC) México advirtió que de prosperar la reforma, pese a los amparos y controversias, el país se enfrentará a varios arbitrajes internacionales en el marco de acuerdos como el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá TCMEC o el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica TPP.

Ambos organismos coincidieron que de continuar con estos cambios legislativos, el país deberá pagar compensaciones millonarias por las inversiones y utilidades de las empresas extranjeras.

Por Liliana Sandoval Galindo

Lic. en Trabajo Social por parte del Instituto Mexicano de Psicooncología (IMPo), Periodista de Oficio. Gerente de Operaciones en Visor Empresarial.

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