La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación creyó conveniente que el presidente Andrés Manuel López Obrador no incurrió en promoción personalizada, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos durante su conferencia matutina.

Todo esto se derivó de una queja realizada por el PRD en la que acusó la intromisión del mandatario en el proceso electoral federal en curso, al haber respondido cuestionamientos de un reportero, lo que, a consideración del partido denunciante, constituye un indebido uso de la propaganda gubernamental para emitir mensajes político-electorales.

No obstante en la sesión pública se declaró que inexistentes las infracciones al considerar que el diálogo entre el titular del ejecutivo federal y el reportero se enmarca en un ejercicio periodístico que goza de una presunción de licitud que en este caso prevalece pues existe congruencia entre la pregunta y la respuesta y sin que en el mensaje se hiciera un llamado a solicitar el voto o apoyo por determinada opción o fuerza política.

Por su parte la magistrada Gabriela Villafuerte Coello sostuvo que las expresiones del presidente en la mañanera de ese 23 de diciembre tuvieron matices y alusiones de tipo electoral, precisamente en el marco del proceso electivo.

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